En Florida, la administración de sucesiones es el proceso mediante el cual los bienes de una persona fallecida se distribuyen entre los herederos y beneficiarios, y se pagan las deudas. El proceso puede variar dependiendo de la complejidad del patrimonio y la potencial para litigio, pero generalmente, hay siete etapas :
1. Presentación de la Petición
– Inicio: El proceso de legalización comienza con la presentación de una petición ante el tribunal de sucesiones. La petición generalmente solicita al tribunal que admita el testamento a legalización (si existe uno) y designe un representante personal (albacea) o que determine a los herederos y designe a un administrador si no hay testamento.
– Jurisdicción: La petición se presenta en el condado donde residía la persona fallecida (residencia) en el momento de su muerte o donde el causante tenía bienes (aunque se prefiere el lugar de residencia).
2. Nombramiento del Representante Personal
– Rol: El tribunal nombra a un representante personal para administrar el patrimonio. Si hay un testamento válido, la persona nombrada en el testamento generalmente asume este rol. Si no hay testamento o la persona nombrada no puede asumir, el tribunal designa a otra persona, a menudo un familiar cercano. El Tribunal sigue el Estatuto de Florida 733.301 para determinar la preferencia en el nombramiento de quién debe servir en patrimonios intestados o en patrimonios testados donde todos los representantes personales nominados han fallecido antes que el Causante o no desean servir.
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– Cartas de Administración: Al representante personal se le otorga autoridad a través de las «Cartas de Administración», lo que le permite actuar en nombre del patrimonio.
3. Aviso a Acreedores y Herederos
– Notificación: El representante personal debe notificar a todos los acreedores conocidos y publicar un aviso en un periódico local para informar a los acreedores desconocidos. Este aviso permite a los acreedores presentar reclamaciones contra el patrimonio. Esto solo es necesario en los casos abiertos donde han pasado menos de 2 años desde la fecha de fallecimiento del Causante.
– Herederos y Beneficiarios: Los herederos y beneficiarios también son notificados, generalmente a través de correo directo, informándoles sobre el proceso de legalización.
4. Inventario y Valoración de los Bienes del Patrimonio
– Evaluación: El representante personal debe hacer un inventario de todos los bienes del causante, incluidos bienes raíces, cuentas bancarias, inversiones, bienes personales, etc. Si hay activos líquidos, como cuentas corrientes, certificados de depósito, etc., las cuentas se cierran y los fondos se colocan en un Depósito Restringido (que es básicamente una cuenta corriente a nombre del Patrimonio de la que no pueden salir fondos sin una Orden Judicial).
– Valoración: Los bienes se valoran para determinar su valor de mercado justo en el momento de la muerte del causante.
5. Pago de Deudas y Gastos
– Liquidación de Deudas: El representante personal paga cualquier reclamación válida de acreedores, gastos de administración del patrimonio e impuestos con los bienes del patrimonio.
– Disputas: Si hay disputas sobre la validez de las reclamaciones de los acreedores o el patrimonio no tiene suficientes bienes para pagar todas las reclamaciones, el tribunal puede intervenir para resolver estos problemas.
6. Distribución de los Bienes Restantes
– A Herederos y Beneficiarios: Después de pagar las deudas y los gastos, los bienes restantes se distribuyen según el testamento, o si no hay testamento, según las leyes de sucesión intestada de Florida.
– Contabilidad Final: El representante personal presenta una contabilidad final al tribunal, detallando todas las transacciones financieras realizadas en nombre del patrimonio.
7. Cierre del Patrimonio
– Descargo Final: Una vez que todos los bienes se han distribuido y se han cumplido todas las obligaciones, el representante personal presenta una petición (y otros documentos de apoyo) para cerrar el patrimonio. El tribunal revisa la petición, y si todo está en orden, emitirá una orden cerrando el patrimonio y liberando al representante personal de sus responsabilidades.
Tipos de Legalización en Florida:
– Administración Formal: El tipo de legalización más común y completo, que implica todos los pasos mencionados anteriormente.
– Administración Sumaria: Un proceso simplificado disponible para patrimonios más pequeños o si el causante ha estado muerto durante más de dos años o cuando los bienes no superan los $75,000.
– Disposición sin Administración: Disponible para patrimonios muy pequeños donde no hay bienes raíces involucrados y los bienes están exentos de reclamaciones de acreedores.
Cada etapa implica requisitos legales específicos, y a menudo se recomienda contar con asesoramiento legal para navegar el proceso de manera eficiente. ¿Necesita ayuda? ¡Háganoslo saber! (305) 477-1111 o info@probatelawmiami.com.